Bonificación del 99% en sucesiones y donaciones en Castilla y León

El Bocyl publicó el pasado 9 de mayo la Ley por la que se modifica el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre y en cuya disposición final indica que será efectiva a partir del lunes 10 de mayo.

Las nuevas bonificaciones suponen la práctica eliminación del impuesto sobre sucesiones y donaciones para los familiares directos, de manera que en las transmisiones lucrativas mortis causa (sucesiones), el patrimonio acumulado con años de esfuerzo transmitido a familiares directos no sea objeto de una nueva imposición y se resuelva sin pagar prácticamente impuestos.

En el caso de las transmisiones lucrativas intervivos (donaciones), el objetivo es favorecer la transmisión anticipada en el tiempo de bienes y derechos entre familiares directos, permitiendo que la ayuda económica llegue en vida a las familias como un acto de generosidad, o en casos de necesidad o de financiación, sin tener que esperar al momento del fallecimiento.

Para poder aplicar la bonificación es necesario que la donación se formalice en documento público. Cuando la donación sea en metálico, es necesario que el origen de los fondos donados esté debidamente justificado y así se indique en el documento público.

Si estás pensando en donar algún bien a tus familiares directos recomendamos estudiar cada caso, dado que algunas operaciones tienen implicaciones en otros impuestos como el IRPF, y así evitar sorpresas.

 

Atentamente,

El equipo de Velázquez & Tomé, Asesores de Empresas

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